SUMARIO
9 de Septiembre de 2010
MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
Acúerdase autorizar a la Dirección de Servicios Administrativos del Ministerio de Finanzas Públicas, para que perciba como ingresos propios en su cuenta de fondos propios, los pagos que en concepto de mantenimiento y uso de servicios, realicen las dependencias estatales, entidades descentralizadas o autónomas que ocupen un espacio físico dentro de las instalaciones del Ministerio de Finanzas Públicas.