Edición
No. 87

Boletín Electrónico Aduanero
Guatemala, 10 de Diciembre de 2008

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LA SUPERINTENDENCIA DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INFORMA:

I. A los agentes de aduanas, importadores, exportadores, usuarios de zonas francas y público en general, que:


Continuando con el proceso de transparencia y modernización del Sistema Aduanero guatemalteco, a partir del 15 de diciembre de 2008, las declaraciones aduaneras de mercancías que egresen de zonas francas 157-ZR y 157-ZE, serán modificadas en la clave de régimen y deberán utilizar:
  • 154-ZE   Salida de insumos elaborados, transformados o reparados por usuarios de zonas francas.
  • 154-ZR   Salida de zonas francas de mercancías en su mismo estado.
Mayor información en el Centro de Atención DUA, Teléfono (502) 2329-1100 extensiones 2880 a 2886.


II. A los agentes de aduanas, transportistas, importadores y público en general, que:

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 399 del RECAUCA, a partir del 18 de diciembre de 2008, cuando se transmita una declaración de mercancías DUA-GT del régimen de tránsito o una Declaración de Tránsito Internacional al momento de la aceptación en el sistema informático de la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- se registrará, el medio de transporte que realiza la operación de tránsito y éste no podrá ser utilizado hasta que cumpla con el arribo en el lugar de destino o cuando proceda se justifique el motivo del incumplimiento del plazo.

Este nuevo proceso aplica para:

  • Los transportistas guatemaltecos y centroamericanos incluidos Panamá.
  • Las declaraciones con clave de régimen 24DT, 24DZ, 24ZT, 24TO, 150DA, 150-DX, 154-ZI, 154-ZX, 154-ZE, 154-ZR, 157-DR, FA, DTI y las que en el futuro se establecieren por el servicio aduanero, que impliquen traslado de mercancía sujeta a control aduanero.

III. Disposiciones recientemente publicadas en el Diario Oficial

Acuerdo Ministerial 0898-2008
Resolución No. 238-2008 (COMIECO-LII)

El Acuerdo Ministerial 0898-2008, fue publicado en el Diario de Centro América con fecha 01 de diciembre de 2008, mediante el cual se acuerda publicar la Resolución No. 238-2008 (COMIECO-LII) del  Consejo de Ministros de Integración Económica, instrumento que aprueba  la apertura y modificación de los derechos arancelarios a la importación de algunos de los rubros contenidos en el arancel centroamericano de importación Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

Descargue el Acuerdo Ministerial 898-2008, haciendo clic Aquí

Descargue la Resolución No. 238-2008, haciendo clic Aquí

O siga los siguientes pasos:
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3. En el menú principal, seleccione Legislación y a continuación haga clic en  
Legislación Aduanera

Acuerdo Ministerial 881-2008

Acuerdo que publica la Normativa para la Administración de las Cuotas de Desperdicios y Desechos (chatarra ) de metal y Autorización de las Licencias de Exportación de conformidad con el Acuerdo 278-2008, de fecha 24 de noviembre de 2008 y publicado en el Diario de Centro América con fecha 25 de noviembre de 2008.

Descárguelo, haciendo clic Aquí

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3. En el menú principal, seleccione Legislación y a continuación haga clic en  Legislación Aduanera
4. Busque el archivo identificado como Acuerdo_Ministerial_881-2008

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