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El Departamento Normativo de la Intendencia de Aduanas, informa: Con la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública , Decreto 57-2008 del Congreso de la República , la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- ha puesto a su disposición en la Web, los procedimientos aduaneros. Para consultarlos, siga los siguientes pasos:
Si desea hacernos llegar sus comentarios u observaciones, haga clic en la palabra “sugerencias” que aparece a la par de cada procedimiento. Que de conformidad con el artículo 98 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, el Agente Aduanero deberá acreditar ante el Servicio Aduanero a las personas que lo representarán en su gestión aduanera, debiendo presentar el contrato laboral existente e informar inmediatamente el cese de la relación laboral o contractual de las personas acreditadas cuando proceda. Para mantener actualizada la información de los asistentes o empleados, conforme al Artículo 21 literal j) del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, el Agente Aduanero deberá entregar al Departamento de Gestión Aduanera (Intendencia de Aduanas, SAT), el listado de los asistentes o empleados registrados. Dicha actualización se podrá realizar en el mes en que corresponde la renovación de su garantía. Tomar en consideración que en el proceso de registro de asistentes realizado en el año 2008, se presentaron contratos con vigencia de un año, algunos de los cuales están por expirar; por lo que se les solicita se sirvan revisar si presentaron contratos de este tipo e informar si éstos han sido renovados presentando la copia correspondiente o si se cesó la relación laboral para cumplir con lo que establece el RECAUCA. Suscriba a un amigo a Aduana Moderna enviando su dirección de correo electrónico a: elistas.bancasat@sat.gob.gt . Si ya no desea recibir el servicio de Aduana Moderna, puede hacerlo fácilmente enviando desde su buzón un correo en blanco a la dirección bancasat-baja@elistas.net |