![]() | |
|
Edición |
Boletín Electrónico
Aduanero |
|
Información PortalSAT DUA-GT Padrón de Importadores, Mesa de Ayuda de
Póliza Electrónica y SAQB'E Errores de Transmisión de Manifiestos
Electrónicos Unidad de Franquicias y Asuntos
Aduanales Denuncias Comentarios |
La
Superintendencia de Administración Tributaria IMPLEMENTACIÓN DE COURIER Como parte del proceso de modernización y transparencia del sistema aduanero y en el marco de la Expansión SAQB ´E , se hace el recordatorio a las empresas que prestan el servicio de despacho de mercancía de entrega rápida o Courier que deben declarar, desde la transmisión del manifiesto electrónico de carga Courier, el tipo de despacho que solicitan ante la autoridad aduanera para cada una de las guías que ampara el manifiesto, de conformidad con la definición del segmento 45 (carga Courier) y 46 (naturaleza de la carga) de la guía CUSCAR 01 del manifiesto. Esta separación es clave para que se puedan obtener los beneficios que esta implementación persigue para el usuario en función del ahorro en tiempos y facilitación del ingreso de la carga al país. TRANSMISIÓN DE MANIFIESTOS DE CARGA Se informa además, que esta implementación requiere que el día miércoles 20 de mayo de 2009 en horario de las 22:00 horas a las 23:00 horas, no se podrán recibir manifiestos de carga tanto para carga general como para carga Courier, debido a que se realizarán cambios preparatorios a la implementación del nuevo despacho Courier. Por lo anterior, se solicita a las empresas de entrega rápida o Courier que los días 20 y 21 de mayo del presente año, transmitan los manifiestos de carga el mismo día en que se realizará el despacho de las mercancías para evitar contratiempos en la salida de las mismas de la aduana. Cualquier consulta relacionada específicamente con esta implementación, por favor comunicarse al teléfono 23297070 extensión 1309. Responda
nuestra Estimado (a) usuario (a): Para la Intendencia de Aduanas, de la Superintendencia de Administración Tributaria, es muy importante conocer su opinión y expectativas para poder proporcionarle los servicios con la calidad que necesita. Por favor, tome unos minutos de su tiempo para leer y contestar la encuesta que se encuentra en el siguiente link: Responder Encuesta Puede ingresar también desde nuestro sitio Web www.sat.gob.gt
Que de conformidad con el artículo 21 literal j) del Código Aduanero Uniforme Centroamericano –CAUCA- y el artículo 72 e) de su Reglamento –RECAUCA-, les corresponde acreditar ante el Servicio Aduanero a los empleados que los representarán en su gestión aduanal. También están obligados a comunicar al Servicio Aduanero cualquier cambio en la información que sobre él contiene el Registro de Auxiliares (artículo 73 del RECAUCA), incluyendo el de su personal acreditado en un plazo de tres días contados a partir de la fecha en que se produjo el cambio. Toda petición de este tipo, debe ser realizada por los Agentes de Aduanas, no por sus empleados. Suscriba a un amigo a Aduana Moderna enviando su dirección de correo electrónico a: elistas.bancasat@sat.gob.gt . Si ya no desea recibir el servicio de Aduana Moderna, puede hacerlo fácilmente enviando desde su buzón un correo en blanco a la dirección bancasat-baja@elistas.net |
|